Término anticipado contrato de arriendo por despido

Mi esposo fue despedido en enero, y hasta hoy esta cesante. Yo tampoco mantengo ingresos. Queremos dar termino al contrato de arriendo por el inmueble en el cual vivimos, es un contrato a plazo fijo, comprendido entre el 8 de Enero de 2016 y el 8 de Enero de 2017,

El contrato dice así:
Para el caso de mora o simple retardo en el pago de la renta de arrendamiento a que se encuentra obligado el Arrendatario, como asimismo para el evento de verificarse cualquier incumplimiento por parte de éste al presente contrato, el arrendador quedará facultado para poner término inmediato y de pleno derecho al arrendamiento y, por tanto, para exigir la inmediata restitución del inmueble arrendado, suspender el suministro de los servicios, exigir el pago de todas las rentas de arrendamiento vencidas pendientes de pago a la época de la terminación anticipada del contrato, con los intereses moratorios que correspondan, y además a exigir a título de estimación anticipada de los perjuicios que el incumplimiento y término anticipado del contrato pudieran causar al Arrendador, una cantidad única por este concepto equivalente a la suma de tres meses de arrendamiento.

El Arrendador, respecto de esta cláusula, estará siempre facultado para entrar al inmueble arrendado a fin de hacerse cargo del mismo, sin autorización judicial ni intervención de autoridad alguna, prestándole el arrendatario desde ya su autorización para tal efecto, en términos irrevocables, renunciando el Arrendatario a cualquier clase de acción judicial, sea civil o penal, que pudiera entablar con motivo del ejercicio de tal facultad por parte del Arrendador.

Todo lo anterior de conformidad a lo acá previsto y en subsidio a lo dispuesto en la ley diez y nueve mil ochocientos sesenta y seis y las normas que nuestro Código Civil indica al respecto, y sin perjuicio de las indemnizaciones legales y convencionales que correspondan.

  • No nos es posible seguir pagando el arriendo, nos tendremos que ir a vivir a la casa de mis padres.
  • La pregunta es, ¿Se puede dar termino anticipado al contrato de arriendo, utilizando como pretexto el que mi esposo este cesante? Sin tener que pagar 3 meses de arriendo.

Carolina Burgos




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