Acuerdo pago del pie antes de la firma de la escritura

Estoy viviendo el proceso de compra de un departamento usado: ya firmé la promesa de compraventa con la vendedora, pero los trámites han demorado bastante más de lo que esperaba. Tengo aprobados la tasación y el crédito hipotecario, ahora me encuentro en la fase de estudio de títulos.

Mi problema es el siguiente: ya di aviso al dueño de la propiedad que estoy arrendando, y me tengo que ir el 12 de marzo de ahí. La firma de la escritura estimamos que sucederá a finales de marzo o principios de abril, de acuerdo a los plazos que se han establecido (y si todo sale bien, claro está… Los papeles hasta el momento no reflejan nada que no esté regularizado, por lo que todo debiese seguir su curso sin problemas).

Como es la compra de un departamento usado, aunque financie el 90% con crédito hipotecario, el 10% restante entiendo que se paga de común acuerdo entre las partes. Ya tengo ese 10% disponible en mi cuenta corriente, podría sacar el vale vista cuando quisiera. Salió la idea entre nosotras (la vendedora y yo), que podríamos adelantar un poco las mudanzas si yo le cancelara ante notario el 10% (que corresponde al pie), antes de la firma de la escritura. Con ese dinero, ella puede utilizarlo en pagarle el pie al otro vendedor (ya que también se está comprando un departamento, lo hará con el dinero que yo le pague), cambiarse y dejar libre su departamento, para poder cambiarme yo antes del 12 de marzo.

Necesito de su asesoría en este tema, ya que requiero la seguridad de no perder el dinero que pagaré antes de la firma de la escritura. Si no llegó a un acuerdo, será una situación muy compleja para mí, ya que no tendría dónde vivir en el período desde el 12 de marzo hasta que firmemos la escritura.

¿Podrían orientarme sobre qué es lo que debe estipular el documento, de manera que quede todo legalizado y aceptable por el banco que me otorgará el crédito hipotecario?

Leonor




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2 Comentarios en Acuerdo pago del pie antes de la firma de la escritura

  1. Luis Dice:

    En que momento debo pagarle el pie a la vendedora en firma compra venta o en incripcion al cbr?

  2. Valeska Dice:

    Estimados:
    Estoy en el proceso de trámite de escritura de un departamento nuevo. Tengo una duda con la escritura, ya que un párrafo dice: Queda convenido entre el banco y el deudor, que la tasa de interés pactada en esta cláusula regirá para el caso que el deudor mantenga activa, por todo el periodo de los dividendos del presente crédito, a través de dicha cuenta. En el evento que el deudor no mantenga vigente dicha cuenta y el pago automático de los dividendos, excluyendo las causas imputables al banco, dicha tasa de interés nominal se incrementará en un punto porcentual anual, incremento que se devengara a contar del día primero del mes siguiente a aquel en que se haya puesto término a dichos productos. Este mismo incremento se aplicará en el caso que el deudor opte por pagar los dividendos con cargo a cuenta corriente o vista que el cliente mantenga en otra institución bancaria. Esto es legal o los bancos puede obligarme a esto a mantener la cuenta y aumentar la tasa de interés????

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