Deuda por parte del dueño anterior de vehículo
En Noviembre de 2009 compre un vehículo semi nuevo en la ciudad de Santiago, modelo 2009. Según consta en certificado de multas impagas, a Noviembre de 2009 el vehículo no registraba información de multas. Ahora para renovar permiso 2012 figuran dos multas impagas de los Juzgados de Policía Local de Puerto Montt. Estas infracciones son de Agosto y Septiembre de 2009, por un total de 3,5 UTM, pero en esas fechas el vehículo no estaba en mi poder. Traté de renovar Permiso 2012 con los documentos de Transferencia y Contrato de Compraventa, pero me indicaron que nada de eso servía y que tenía que pagar la multa. No pagué.
Llamé a los Juzgados de Policía Local de Puerto Montt y en el 2° JPL me indican que debo pagar la multa y que después la Municipalidad de Puerto Montt me devuelve el dinero, pero no hay documento que certifique este proceso. Además me indican que la causa ya está archivada y que debo enviar una carta solicitando el desarchivo de la misma. El dueño anterior es el Rut del Banco Itaú y, según indicaron en el JPL de Puerto Montt, sí les fue enviada carta certificada con la notificación de la infracción. Desconozco la fecha en que esta carta fue enviada, pues en el JPL de Puerto Montt, por teléfono, no me entregaron este detalle. No estoy seguro de que pagar sea la solución, pues nada me asegura que la Municipalidad de Puerto Montt me devuelva lo pagado.
En el contrato de compraventa, el artículo 4 indica que: «Para el evento que al vehículo, materia del presente contrato, se le haya cursado una infracción o multa con fecha anterior al presente instrumento, yo, el comprador, libero de toda responsabilidad a la empresa Autofrance Ltda. por dicha multa. La incorporación de esta cláusula supone que la empresa ha tomado la precaución de haber proporcionado al comprador en el acto, del correspondiente certificado que señale y acredite la no existencia de multas impagas a la fecha de compraventa y emisión del correspondiente certificado.»
Al leer con detalle esta clausula me parece abusiva, puesto que el contacto con el dueño anterior lo tiene esta empresa y se eximen ellos de cualquier responsabilidad de forma conveniente, porque las multas en sistema se ingresan hasta un año después de cometidas. Tengo toda la documentación que acredita dominio del vehículo a contar de Noviembre de 2009, además de los certificados de multas de fecha correspondiente y copias de los contratos firmados, pero estoy de manos atadas y necesito ayuda.
Heraldo
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