Grabación de llamadas en la empresa

En estos momentos estamos recibiendo una petición de un área de la institución en la cual trabajo, esta área nos está pidiendo si acaso podemos grabar las llamadas al interior de la institución, ya sea las salientes, las entrantes y las internas.

Estuve revisando la ley, y no logré dar con algún punto en especifico, por ese motivo recurro a ustedes, si podrían indicarme si acaso esta práctica esta permitida por el código del trabajo chileno.

Las llamadas que están solicitando grabar no son referentes a alguna clase de call center, sino referentes a áreas de una oficina común, existe alguna diferencia entre grabar las llamadas relacionadas a un call center para mejorar la atención a usuarios, a grabar llamadas internas de los funcionarios?, agradecería mucho que me pudieran orientar acerca de esto.
Trabajo en el área informática de una institución.

Jorge Retamal




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