¿Se puede descontar unilateralmente el total de un crédito?

Mi consulta es la siguiente: Yo trabaje en el banco B*** de ejecutiva preferente, como funcionaria solicite un crédito, que se llama crédito préstamo de auxilio, solo para trabajadores y cuenta de un monto en uf, sin interéses y pagado en cuotas en uf.

Presente mi renuncia en agosto, aún no me entregan mi finiquito (1° irregularidad), recién hoy me dicen que será $0, pues se descontó de mi indemnización el saldo insoluto del crédito. Y actualmente se me descuenta de la cta cte el valor cuota.

Yo tengo entendido que es ilegal dicho descuento a menos que yo ratifique el pago o pacte una modalidad de pago, ellos pueden unilateralmente descontar ese crédito? Puedo poner una denuncia por demora de entrega de la indemnización? Gano algo con hacer este procedimiento? Además como no tengo la indeminzacion me siguen cobrando en la isapre, ellos pueden indemnizarme por aquello?

Paulina Varela Figueroa




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